
Guanajuato
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) acordó dejar sin efecto, el decreto 205, mediante el cual se reformó y adicionó la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato, publicado el pasado 31 de mayo.
El pasado 25 de mayo, el Pleno del Congreso del Estado de Guanajuato aprobó, con los votos a favor de los diputados del PAN y el PRI, la referida modificación a la Ley Electoral y solo unos días después legisladores por Morena promovieron una acción de inconstitucionalidad, en contra del acuerdo, ante el máximo tribunal.
El acuerdo aprobado por la Suprema Corte basó su criterio en el hecho que no hay constancia que el dictamen haya sido distribuido a las y los diputados, con una antelación de al menos 24 horas, como establece la norma, además que fueron más de 72 modificaciones en materia electoral las que se aprobaron.
La declaratoria de invalidez por parte de la Suprema Corte cobrará vigencia a partir de la notificación de los resolutivos, con excepción de la que se refiere a la etapa de preparación del proceso electoral de 2024, el cual dará inicio entre el 25 y 30 de noviembre próximo.
En otra parte del acuerdo, los Magistrados del máximo tribunal del país señalaron que la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Congreso del Estado no justificó la distribución de dictamen, al menos 48 horas antes de la sesión, ni tampoco fue publicado en la gaceta oficial, 24 horas antes de la sesión en que fue aprobado.
Se espera que una vez que la resolución de la Corte sea enviada al Congreso del Estado para su conocimiento, se den a conocer las acciones legales a emprender por parte del Poder Legislativo Estatal.